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Instructivo para Presentación de Renovaciones de Marcas

Sobre la Confección del Formulario y su Presentación
1) Formularios: Para las renovaciones de marcas se utiliza el formulario de Renovación. El requisito de ingreso del formulario de la solicitud de renovación no es susceptible de ser omitido en ningún caso ni aún existiendo oficio judicial que ordene la renovación.
2) El plazo: Es posible la presentación de la renovación desde los 60 días previos hasta las dos primeras horas del día subsiguiente hábil posterior al vencimiento del registro, esto es hasta las 11 hs. de ese día. Por ejemplo, si la marca vence un día sábado, domingo o feriado, la presentación deberá hacerse dentro de las dos primeras horas del primer día hábil. Transcurrido dicho plazo la renovación no es procedente.
3) Las solicitudes deben completarse a máquina o letra de imprenta mayúscula, bien clara y legible en tinta azul o negra respetando el registro que se pretende renovar, en especial en cuanto a la marca, la clase y la protección.

4) La Denominación en el caso de marca denominativa o el Logo en el de marca mixta o figurativa debe ser el originalmente otorgado por el registro. Cualquier modificación que se haya efectuado en el mismo por el uso no es posible reflejarla en la renovación sino que deberá solicitarse nuevamente como un trámite nuevo puesto que se trataría de otra marca.
5) La protección: en relación con la clase y los productos o servicios protegidos debe ser idéntica al registro original salvo que hubiera sido otorgada en productos o servicios que fueron reclasificados en otras clases. Por ejemplo, existen servicios de la clase 42 internacional, que fueron reclasificados en las clases 42, 43, 44, 45. Consultar por clases 1, 2, 6, 7, 9, 10, 11, 14, 16, 17, 20, 21, 29, 35, 37, 40, 41 y 42.
6) Las copias que se presentan junto con el original de la solicitud deben ser tres, legibles y firmadas todas en original.
7) Si el solicitante es una persona jurídica el firmante (no apoderado) por la sociedad debe formular la declaración jurada de facultades. En caso de ser apoderado debe acompañar copia del poder firmada por el apoderado declarando bajo juramento que la copia es fiel a su original e instrumenta mandato vigente.

8) Declaración Jurada de Uso: Es requisito completar el Área 7: observaciones, declarando la utilización de la marca en los últimos cinco años para el producto o servicio correspondiente. Seleccionando SOLAMENTE una opción de las tres que se indican en el formulario y declarando el producto o servicio en cuestión (La comercialización del Producto/ La prestación del Servicio/ Designación para la Actividad)
9) Debe completar el área 2 con el número de registro que se pretende renovar.
10) Todo lo enmendado o borrado con corrector debe ser salvado en el Área 7 (Observaciones) en original.

11) Las solicitudes de renovación de registro serán ingresadas en la ventanilla de renovaciones de mesa de entradas de 9 a 12:45 y de 13:30 a 15:30 hs., bajo las condiciones antes mencionadas. Una vez presentada deberá abonar el arancel correspondiente (ver sección Aranceles en la web) en la tesorería de 9:15 a 13 y de 13:45 a 15:45 hs.
12) En caso de enviar formularios por CORREO ARGENTINO, remitir GIRO POSTAL únicamente a nombre de:
INPI 5100/622 RECAUDADORA FF 12 por los importes que se mencionan y adjuntando el acta de correo correspondiente, todo en un mismo sobre remitido a:
I.N.P.I. - (Sección Mesa de Entradas)
Av. Paseo Colón 717 – 1er Piso
CP 1063 – Capital Federal

Sobre el Seguimiento del Trámite
13) Recordar además que con la presentación en Mesa de Entradas no concluye el trámite, sino que se inicia. Deberá concurrir periódicamente con el número de acta o realizar el seguimiento por la web en el módulo de “consultas trámites de Marcas” para conocer el estado del mismo hasta
su finalización. La tramitación consta de diferentes instancias a lo largo de varios meses.
14) Cada vez que intervenga en el expediente por medio de un escrito, deben mencionarse
claramente el N° de Acta, la marca y la clase para facilitar la labor del organismo y evitar inconvenientes.
15) Por su seguridad y en cumplimiento de las normas administrativas deberá apersonarse o
enviar persona autorizada en el / los expedientes, con las constancia pertinentes.

 
 
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