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Asume la representación y el patrocinio letrado del Instituto en todas las actuaciones judiciales tanto como parte actora o como demandada, incluyendo la etapa recursiva por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. |
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Los litigios versan sobre todos los temas inherentes al Instituto como autoridad de aplicación -Leyes N° 24.481 y su modificatoria (Patentes de Invención y Modelos de Utilidad), 22.362 (Marcas y Diseños), N° 22.426 (Transferencia de Tecnología) y Decreto Ley N° 6673/63, como asimismo los relativos a las relaciones laborales con sus agentes y denuncias penales por ilícitos acaecidos bajo su órbita. |
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A tal fin este Servicio Jurídico -como cuerpo de Abogados del Estado- en coordinación con la Procuración del Tesoro de la Nación sigue las pautas de defensa del Estado Nacional. |
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Recopila y sistematiza los criterios judiciales y las defensas a fin de formar y mantener uniformidad, por materia, en todas las causas judiciales. Dichos criterios son puestos en conocimiento de las distintas áreas competentes. |
Atento la ardua discusión respecto de las patentes de invención, surgida a raíz de la transición de la ley N° 111 a la Ley de Patentes y Modelos de Utilidad N°24.481, de la ratificación por la Argentina del Acuerdo ADPIC mediante Ley N° 24.425 y como consecuencia de la interpretación de ambas normas, la mayoría de las causas judiciales desde 1996 y hasta fines del año 2002 llegaron a decisión -por vía de recurso extraordinario- a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que como máximo órgano jurisdiccional hizo la interpretación última.
Se llegó a la Corte Suprema con un trabajo sin antecedentes de este sector, que sustentó los criterios técnico-legales asumidos por el INPI como Organismo de aplicación de las leyes que regulan la Propiedad Industrial en nuestro país.
Los fallos, que como precedentes, se han incluido en esta página web dan cuenta de ello y son reales "Leading Cases " en materias de enorme trascendencia político económica.
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